Reagrupacion Familiar en España para Bolivianos (2026)

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Jose Navarro
calendar_today 17 Jul, 2026
schedule 12 min de lectura

Si eres boliviano y ya vives legalmente en España, la reagrupación familiar es la vía para traer a tu cónyuge, hijos e incluso, en algunos casos, a tus padres desde Bolivia. En 2026 las normas siguen siendo estrictas, pero claras: si cumples los requ...

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Si eres boliviano y ya vives legalmente en España, la reagrupación familiar es la vía para traer a tu cónyuge, hijos e incluso, en algunos casos, a tus padres desde Bolivia. En 2026 las normas siguen siendo estrictas, pero claras: si cumples los requisitos económicos, de vivienda y de documentación, tu familia puede obtener residencia legal, acceso a sanidad y, en varios casos, derecho al trabajo en España.

¿Quién puede reagrupar a su familia siendo boliviano en España?

La reagrupación familiar está regulada por la Ley de Extranjería y su reglamento. Para los bolivianos, no hay un acuerdo especial como el de ciudadanos de la UE, así que se aplica el régimen general. Solo pueden reagrupar:

  • Titulares de autorización de residencia en España en vigor (no turistas ni estudiantes de corta duración).
  • Personas con residencia temporal renovada (normalmente tras 1 año) o residencia de larga duración.
  • En algunos casos, titulares de residencia por trabajo por cuenta ajena, cuenta propia, arraigo, etc., siempre que tengan tarjeta de identidad de extranjero (TIE) vigente.

Si estás en Barcelona (o cualquier ciudad de Cataluña), la Oficina de Extranjería competente suele ser la de Barcelona, pero la presentación inicial del expediente se hace mayoritariamente de forma telemática.

Familiares que puedes reagrupar

Si eres boliviano con residencia legal en España, puedes reagrupar:

  • Cónyuge o pareja de hecho registrada (siempre que no exista separación de hecho o de derecho).
  • Hijos propios o del cónyuge/pareja menores de 18 años o mayores con discapacidad que dependan económicamente de ti.
  • Menores bajo tu tutela legal, si la tutela está reconocida por autoridad boliviana y se homologa en España.
  • Ascendientes (padres) tuyos o de tu cónyuge/pareja, solo si:
    • Son mayores de 65 años (excepcionalmente menores de esa edad por razones humanitarias).
    • Dependían económicamente de ti en Bolivia (hay que probar envío de dinero regular).

No es posible reagrupar hermanos, tíos u otros familiares salvo casos muy excepcionales y por vías distintas (como razones humanitarias), que no se consideran reagrupación familiar estándar.

Requisitos principales para la reagrupación familiar

1. Estancia y residencia del reagrupante

Para que un boliviano pueda reagrupar a su familia en España debe cumplir:

  • Residencia legal continua de al menos 1 año y tener una autorización renovada para otro año más, o bien residencia de larga duración.
  • TIE en vigor (Tarjeta de Identidad de Extranjero).
  • No tener antecedentes penales graves en España.

Si tu residencia es muy reciente (por ejemplo, acabas de conseguirla por arraigo), normalmente deberás esperar a tener una renovación o cumplir el año de residencia para poder reagrupar.

2. Medios económicos mínimos

Este es uno de los puntos clave y donde más expedientes de bolivianos se rechazan. El reagrupante debe demostrar ingresos suficientes para mantener a la familia sin recurrir al sistema de asistencia social.

La referencia es el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que en 2026 se sitúa aproximadamente entre 600 y 700 EUR mensuales (debes confirmar la cifra exacta en la normativa vigente). Los requisitos se calculan así:

  • Primer familiar a reagrupar: 150% del IPREM.
  • Por cada familiar adicional: 50% del IPREM extra.

Ejemplo aproximado (si el IPREM mensual fuera 650 EUR):

  • Para reagrupar a tu cónyuge: 150% de 650 ≈ 975 EUR/mes.
  • Si además quieres reagrupar a un hijo: +50% de 650 ≈ +325 EUR/mes, total ≈ 1.300 EUR/mes.

En bolivianos (BOB), tomando un tipo de cambio aproximado de 1 EUR ≈ 7,5 BOB (varía con el tiempo), estos montos serían:

  • 975 EUR ≈ 7.300 BOB/mes.
  • 1.300 EUR ≈ 9.750 BOB/mes.

Importante: estos cálculos son orientativos. Debes verificar el IPREM actualizado y los requisitos exactos en la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

¿Qué ingresos se aceptan?

La Oficina de Extranjería suele aceptar:

  • Contratos de trabajo con nóminas (lo más sólido).
  • Ingresos por trabajo autónomo (debes aportar declaraciones de impuestos, facturación, etc.).
  • Pensiones o prestaciones contributivas.
  • Ahorros bancarios importantes, como complemento, pero generalmente no sustituyen ingresos regulares.

No se consideran suficientes ayudas sociales o ingresos en negro. Es fundamental que tus ingresos sean declarados y demostrables.

3. Vivienda adecuada

Debes acreditar que dispones de una vivienda adecuada para alojar a tu familia en España. En Barcelona, esto se controla con un documento llamado Informe de vivienda adecuada.

  • Lo emite el ayuntamiento o la comunidad autónoma (en Cataluña, la Generalitat).
  • Comprueba que la casa cumple requisitos mínimos de habitabilidad (metros cuadrados, ventilación, número de habitaciones, etc.).

En Barcelona, el coste del informe puede rondar los 30–60 EUR, dependiendo de la normativa local, y el plazo de emisión suele ser de 1 a 2 meses. Debes solicitarlo antes de presentar la reagrupación, porque es un documento obligatorio.

Para más detalles específicos de Cataluña, puedes consultar la web de la Generalitat de Catalunya – Immigració.

Documentación necesaria desde Bolivia (apostillas y certificados)

Tu familia en Bolivia deberá preparar varios documentos. Es vital que todo esté legalizado y apostillado conforme al Convenio de La Haya.

Documentos habituales para cónyuge o pareja

  • Certificado de matrimonio boliviano:
    • Expedido por el SERECI (Servicio de Registro Cívico).
    • Debe ser reciente (normalmente no más de 3 meses).
    • Debe estar legalizado y apostillado en Bolivia.
  • Certificado de nacimiento del cónyuge:
    • Igualmente emitido por SERECI y apostillado.
  • Certificado de antecedentes penales de Bolivia:
    • Emitido por la autoridad competente (FELCC/Policía o REJAP, según el procedimiento vigente).
    • Debe estar apostillado.
  • Copia del pasaporte boliviano en vigor (mínimo 1 año de vigencia recomendable).

Documentos para hijos

  • Certificado de nacimiento apostillado.
  • En caso de hijos de uno solo de los progenitores, se puede requerir:
    • Autorización del otro progenitor para la salida del país y la residencia en España.
    • O sentencia judicial de custodia o patria potestad.
  • Pasaporte boliviano en vigor.

Documentos para padres (ascendientes)

  • Certificados de nacimiento apostillados.
  • Documentos que acrediten dependencia económica:
    • Comprobantes de envíos de dinero regulares desde España.
    • Certificados médicos si hay enfermedades o dependencia.
  • Pasaporte boliviano en vigor.

Traducciones

Como Bolivia y España comparten el español como lengua oficial, muchos documentos no necesitan traducción. Sin embargo, si algún documento está en otro idioma (por ejemplo, certificados emitidos en otro país donde vivió tu familiar), necesitarás una traducción jurada al español.

Procedimiento paso a paso para la reagrupación familiar

Paso 1: Reunir la documentación en España

El reagrupante (tú, desde España) debe reunir:

  • Copia completa de tu pasaporte.
  • TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) vigente.
  • Contrato de trabajo y nóminas de los últimos meses (o documentación de autónomo).
  • Declaración de la renta (si la tienes).
  • Certificado de empadronamiento en Barcelona o la ciudad donde vivas.
  • Informe de vivienda adecuada emitido por el ayuntamiento o Generalitat.

Paso 2: Documentos de la familia en Bolivia

Mientras tanto, tu familia en Bolivia debe conseguir y apostillar sus documentos (certificados de nacimiento, matrimonio, antecedentes, etc.). Es recomendable que los documentos no tengan más de 3 meses de antigüedad al momento de presentar la solicitud en España.

Para apostillar, deben acudir al Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia o a las oficinas habilitadas. Es importante que revisen la información actualizada en la web oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia.

Paso 3: Presentación de la solicitud en España

La reagrupación familiar se solicita en España por el reagrupante. El familiar en Bolivia no presenta la solicitud en primera instancia; solo gestiona el visado después de la resolución favorable.

  • Se utiliza el formulario oficial (modelo EX-02 u otro que esté vigente).
  • La solicitud se presenta de forma telemática o en la Oficina de Extranjería correspondiente a tu domicilio.

La autoridad competente es la Subdelegación del Gobierno a través de la Oficina de Extranjería. Puedes verificar información actualizada en la página de Migraciones – Gobierno de España.

Paso 4: Plazo de resolución

Una vez presentada la solicitud completa, Extranjería tiene un plazo de hasta 45 días para resolver. En la práctica, en ciudades con alta demanda como Barcelona, puede tardar entre 1 y 3 meses.

Si la resolución es favorable, recibirás una notificación que deberás enviar a tu familiar en Bolivia. Si es denegada, indicarán los motivos y podrás recurrir o subsanar.

Paso 5: Solicitud de visado en el Consulado de España en Bolivia

Con la resolución favorable, tu familiar debe solicitar el visado de reagrupación familiar en el Consulado General de España en Bolivia

En el consulado se presentarán:

  • Resolución favorable de reagrupación.
  • Pasaporte original.
  • Certificados apostillados (nacimiento, matrimonio, antecedentes, etc.).
  • Formularios de solicitud de visado y fotos tipo pasaporte.

El coste del visado de reagrupación familiar suele rondar los 70–90 EUR, es decir, aproximadamente entre 525 y 675 BOB, pero puede variar ligeramente; conviene confirmarlo con el consulado.

Paso 6: Entrada en España y TIE

Una vez concedido el visado, tu familiar tendrá un plazo (normalmente 3 meses) para entrar en España. A partir de la entrada:

  • Debe empadronarse en la ciudad donde vivas (por ejemplo, Barcelona).
  • Debe solicitar la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) en la comisaría de Policía Nacional dentro del plazo indicado (normalmente 1 mes desde la entrada).

La TIE acreditará su autorización de residencia por reagrupación familiar, generalmente con la misma duración que tu permiso de residencia.

Derecho al trabajo y a la sanidad de los familiares reagrupados

Derecho al trabajo

Desde la reforma de la normativa de Extranjería, los cónyuges y parejas reagrupadas obtienen una autorización de residencia que les permite trabajar por cuenta ajena y, en muchos casos, por cuenta propia, sin necesidad de un permiso adicional.

  • Cónyuge/pareja de hecho: puede trabajar en cualquier parte de España una vez tenga la TIE.
  • Hijos mayores de 16 años reagrupados: pueden trabajar si su autorización de residencia lo permite (habitualmente sí, pero conviene revisar las condiciones específicas que figuran en la TIE).

Los hijos menores de 16 años no pueden trabajar, salvo excepciones muy específicas (artistas, etc.) con autorizaciones especiales.

Acceso a la sanidad

Los familiares reagrupados tienen derecho a la sanidad pública en España, una vez empadronados y dados de alta en el sistema sanitario de la comunidad autónoma.

  • En Cataluña, deberán tramitar la tarjeta sanitaria individual (TSI).
  • Se les asignará un médico de cabecera y podrán acceder a atención primaria, hospitalaria y urgencias.

Este derecho se basa en la residencia legal y en la normativa de acceso al sistema sanitario, que puede variar ligeramente por comunidad autónoma, pero en general cubre a los reagrupados.

Errores frecuentes que retrasan o bloquean la reagrupación

Muchos bolivianos ven sus expedientes de reagrupación demorados o denegados por errores que podrían evitarse. Estos son los más comunes:

1. Documentos caducados o sin apostilla

Presentar certificados de nacimiento, matrimonio o antecedentes con más de 3 meses de antigüedad o sin apostilla es una causa habitual de requerimientos y retrasos.

  • Solución: coordina con tu familia en Bolivia para que obtengan documentos recientes y los apostillen antes de enviarlos.

2. Ingresos insuficientes o mal acreditados

Muchos reagrupantes confían en ingresos irregulares o en efectivo, sin contratos ni nóminas, y Extranjería no los acepta.

  • Solución: asegúrate de tener contrato estable y nóminas suficientes, o documentación sólida si eres autónomo. Si tus ingresos son justos, considera esperar unos meses para mejorar tu situación laboral.

3. Vivienda no adecuada o sin informe

No solicitar el informe de vivienda adecuada a tiempo o vivir en una habitación realquilada sin contrato puede causar problemas.

  • Solución: regulariza tu situación de vivienda, consigue un contrato de alquiler y solicita el informe de habitabilidad con antelación.

4. Falta de pruebas de dependencia económica de los padres

Para reagrupar a tus padres, Extranjería exige pruebas de que dependían económicamente de ti en Bolivia.

  • Solución: guarda comprobantes de giros (Western Union, bancos, etc.) de al menos los últimos 12 meses, mostrando que tú los mantenías.

5. No respetar los plazos

Si tu familiar no solicita el visado en el consulado a tiempo, o no entra en España dentro del plazo que marca el visado, se puede perder la autorización y habrá que empezar de nuevo.

  • Solución: coordina bien las fechas, compra el pasaje con margen y revisa la vigencia del visado.

Consejos prácticos para bolivianos que quieren reagrupar en España

  • Planifica con un año de anticipación: sobre todo si quieres reagrupar a varios familiares, necesitas consolidar ingresos y vivienda.
  • Consulta fuentes oficiales: las normas cambian; revisa siempre la información en la web de Migraciones y del consulado.
  • Guarda copias de todo: tanto de lo que presentas en España como de lo que se presenta en el consulado de Bolivia.
  • Considera asesoría profesional: un abogado o gestor especializado en extranjería puede ayudarte a evitar errores costosos.
  • Coordina bien con tu familia: explícale cada paso, qué documentos necesitan y en qué orden.

Preguntas Frecuentes

¿Puedo reagrupar a mi pareja si no estamos casados en Bolivia?

Sí, pero es más complicado. Para reagrupar a una pareja de hecho, España exige que esté registrada como pareja estable conforme a la normativa española (por ejemplo, registro de parejas de hecho en Cataluña) o que exista un matrimonio válido. Si solo conviven sin registro ni matrimonio, Extranjería suele denegar la reagrupación. Una opción es casarse en Bolivia y luego apostillar el certificado de matrimonio, o registrar la pareja de hecho en España.

¿Cuánto tarda en total el proceso de reagrupación familiar desde Bolivia?

Depende de varios factores, pero de forma orientativa:

  • Reunir documentos y apostillarlos en Bolivia: 1–2 meses.
  • Informe de vivienda y preparación de expediente en España: 1–2 meses.
  • Resolución de Extranjería: 1–3 meses.
  • Visado en el consulado y viaje: 1–2 meses.
En total, el proceso completo suele tardar entre 4 y 8 meses, siempre que no haya requerimientos ni errores.

¿Mi cónyuge boliviano reagrupado puede trabajar en España inmediatamente?

Una vez que tu cónyuge entra en España, se empadrona y obtiene la TIE, la autorización de residencia por reagrupación familiar le permite trabajar sin necesidad de un permiso adicional. Lo importante es que tenga la tarjeta emitida y en vigor. Mientras solo tenga el visado en el pasaporte, el acceso al trabajo puede ser más complejo, por lo que es recomendable tramitar la TIE lo antes posible.

¿Qué pasa si mis ingresos bajan después de haber reagrupar a mi familia?

El requisito de ingresos se controla principalmente en el momento de la solicitud. Si después tus ingresos se reducen, no se cancela automáticamente la autorización de tu familia. Sin embargo, puede afectar futuras renovaciones de la residencia, ya que Extranjería volverá a evaluar tu situación económica. Es importante mantener cierta estabilidad laboral y, si es posible, mejorar tus ingresos con el tiempo.

¿Puedo reagrupar a mis padres si todavía no tengo residencia de larga duración?

En general, para reagrupar a ascendientes (padres), se exige que el reagrupante tenga una situación de residencia más consolidada, como la residencia de larga duración, además de demostrar dependencia económica. Si solo tienes residencia temporal renovada, es más difícil y puede ser denegado. Conviene revisar tu caso concreto con un profesional y la normativa vigente en el momento de la solicitud.

¿Mis hijos reagrupados pueden estudiar en la escuela pública en España?

Sí. Los hijos reagrupados tienen derecho a la educación obligatoria en España (primaria y secundaria), y pueden matricularse en escuelas públicas o concertadas. Una vez empadronados y con su documentación en regla, podrás inscribirlos en el sistema educativo de la comunidad autónoma donde vivas, por ejemplo, en Cataluña a través del Departament d’Educació.

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Jose Navarro

Escrito por

Jose Navarro

Experto en temas de inmigracion y recursos para la comunidad latina en España. Con anos de experiencia ayudando a inmigrantes a navegar el sistema legal y encontrar oportunidades, comparto mi conocimiento para empoderar a nuestra comunidad.

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